CERTIFICADO DE RESIDENTE LEGAL O DE NO RESIDENTE
 
Se certificará, según el caso:
    . Si un extranjero es residente legal en España.
    . Desde cuando es residente legal en España.
    . Si un extranjero no es residente legal en España.
 
Cuando el extranjero que solicite el certificado esté en España, no debe encontrarse en situación irregular.
 
Certificado de residente legal
A T E N C I Ó N: Dependiendo del Término Municipal en que se encuentre empadronado el solicitante, la solicitud debe presentarse en la Oficina de Extranjeros de ALICANTE o en la de ALTEA. Para saber en qué Oficina le corresponde pinche en OFICINA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
 
Certificado de no residente
A T E N C I Ó N: Dependiendo del Término Municipal al que pertenece su domicilio actual en la provincia de Alicante, la solicitud debe presentarse en la Oficina de Extranjeros de ALICANTE o en la de ALTEA. Para saber en qué Oficina le corresponde pinche en OFICINA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
 
CUANDO EL EXTRANJERO QUE SOLICITE EL CERTIFICADO NO SE ENCUENTRE EN ESPAÑA, DEBERÁ SOLICITARLO A TRAVÉS DEL CONSULADO DE ESPAÑA EN SU PAÍS DE ORIGEN.
 
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA SU SOLICITUD

IMPRESO DE SOLICITUD

OFICINA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

LEGALIZACIÓN Y TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS

IR A LEY DE EXTRANJERÍA

IR A REGLAMENTO DEL RÉGIMEN GRAL.