AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR PARA TITULARES DE
 
AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN O FORMACIÓN, PRÁCTICAS NO LABORALES O SERVICIOS DE VOLUNTARIADO
 
(TRABAJO POR CUENTA AJENA / TRABAJO POR CUENTA PROPIA)
 
(SOLICITUD INICIAL DE LA AUTORIZACIÓN)
 
ATENCIÓN: Para presentar solicitudes de este tipo de autorización, de manera presencial en las dependencias de las Oficinas de Extranjería, es obligado obtener una cita previa. Consulte cómo hacerlo pinchando en PETICIÓN DE CITA PREVIA.

Las solicitudes también pueden presentarse TELEMÁTICAMENTE

 
Autorización para trabajar por cuenta ajena
Este procedimiento está destinado para los extranjeros que tengan autorizada la estancia en España por estar realizando alguna de las actividades arriba indicadas y además quieran obtener una autorización para trabajar por cuenta ajena.
 
No será necesario solicitar esta autorización cuando se trate de la realización de prácticas en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios para el que se tiene autorizada la estancia y que se produzcan dentro del marco de los correspondientes convenios de colaboración entre dichas entidades y el centro docente o científico de que se trate.
 
Para más información sobre este procedimiento y documentación a aportar para la solicitud, consultar el apartado Autorización de trabajo por cuenta ajena de la hoja informativa correspondiente al tipo de autorización de estancia de la que es titular el extranjero.
 
MUY IMPORTANTE
Estas solicitudes las debe realizar el empleador o empresa que quiere contratar al extranjero por lo que la presentación de las solicitudes ante la Oficina de Extranjería debe hacerlas una persona que acredite estar legitimada para ello.
Pinchando en PERSONAS LEGITIMADAS - CUENTA AJENA encontrarán un cuadro en el que se informa de qué personas están legitimadas para presentar estas solicitudes ante la Oficina de Extranjería.
Si el contratante NO es una persona física, la solicitud debe presentarse obligatoriamente de forma TELEMÁTICA
 
Autorización para trabajar por cuenta propia
Este procedimiento está destinado para los extranjeros que tengan autorizada la estancia en España por estar realizando alguna de las actividades arriba indicadas y además quieran obtener una autorización para trabajar por cuenta propia.
 
Para más información sobre este procedimiento y documentación a aportar para la solicitud, consultar el apartado Autorización de trabajo por cuenta propia de la hoja informativa correspondiente al tipo de autorización de estancia de la que es titular el extranjero.
 
ESTUDIOS - HOJA INFORMATIVA Nº 3

INVESTIGACIÓN O FORMACIÓN - HOJA INFORMATIVA Nº 4

PRÁCTICAS NO LABORALES - HOJA INFORMATIVA Nº 6

SERVICIOS DE VOLUNTARIADO - HOJA INFORMATIVA Nº 7

IMPRESO DE SOLICITUD

PETICIÓN DE CITA PREVIA

PERSONAS LEGITIMADAS - CUENTA AJENA

LEGALIZACIÓN Y TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS

IR A LEY DE EXTRANJERÍA

IR A REGLAMENTO DEL RÉGIMEN GRAL.