SOLICITUD DE LA AUTORIZACIÓN INICIAL DE ESTANCIA POR ESTUDIOS |
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SOLICITUD DE VISADO PARA LOS FAMILIARES |
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Solicitud de la autorización inicial de estancia por estudios |
Si el solicitante no se encuentra en España, en la misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero.
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Si el solicitante se encuentra regularmente en España, ante la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en que esté situado el centro de enseñanza, con una antelación mínima de un mes a la fecha de expiración de su situación de regularidad.
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ATENCIÓN: Si se encuentra en España y va a presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería en Alicante, consulte cómo presentar solicitudes de este tipo de autorización pinchando en FORMAS DE PRESENTAR LA SOLICITUD EN ESPAÑA.
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En el caso de concesión, si la estancia va a tener una duración superior a seis meses debe solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero. |
Si la estancia no va a ser superior a seis meses no debe solicitar Tarjeta de Identidad de Extranjero. |
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Solicitud de visado para los familiares |
Los extranjeros que hayan solicitado el visado o que ya estén en España en la situación de estancia, podrán traer a sus familiares para que estén legalmente en España durante la duración de la estancia. |
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Para iniciar este procedimiento el familiar debe solicitar el visado personalmente (o por representante legalmente acreditado en los casos reglamentariamente previstos) en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia. |
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En el caso de concesión y una vez haya entrado en España, si la estancia va a tener una duración superior a seis meses debe solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero. |
Si la estancia no va a ser superior a seis meses no debe solicitar Tarjeta de Identidad de Extranjero. |
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