AUTORIZACIÓN INICIAL DE LA RESIDENCIA TEMPORAL NO LUCRATIVA |
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(PROCEDIMIENTO PARA EXTRANJEROS NO RESIDENTES) |
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Este procedimiento está destinado para los extranjeros no residentes en España que quieran que se les autorice a residir temporalmente en España sin realizar actividades laborales. |
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Para iniciar el proceso el extranjero debe solicitar el visado de residencia personalmente (o por representante legalmente acreditado en los casos reglamentariamente previstos) en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia, acompañando a su solicitud la documentación procedente. |
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En el caso de que se le conceda el visado solicitado y una vez haya entrado en España, el extranjero debe solicitar su Tarjeta de Identidad de Extranjero. |
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