AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES
 
(MUJERES EXTRANJERAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO  O DE VIOLENCIA SEXUAL Y PARA SUS HIJOS MENORES DE EDAD)
 
Deben solicitarla las extranjeras víctimas de violencia de género o de violencia sexual y que quieran que se les autorice a residir temporalmente y trabajar en España en cualquier actividad por cuenta propia o por cuenta ajena.
 
En el caso de que la solicitante tenga en España y en el momento de la denuncia, hijos menores de edad o mayores que tengan una discapacidad y no estén objetivamente capacitados para proveer sus necesidades, también podrá solicitar una autorización para sus hijos. La solicitud para los hijos puede presentarse a la vez que la de la madre o en cualquier otro momento posterior a lo largo del proceso penal.
 
La concesión de la autorización de los hijos, también les autorizará a trabajar si se encuentran en edad laboral.
 
ATENCIÓN: Para presentar solicitudes de este tipo de autorización, de manera presencial en las dependencias de las Oficinas de Extranjería, es obligado obtener una cita previa por cada persona que vaya a solicitarla. Consulte cómo hacerlo pinchando en PETICIÓN DE CITA PREVIA.

Las solicitudes también pueden presentarse TELEMÁTICAMENTE

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA SU SOLICITUD

IMPRESO DE SOLICITUD

PETICIÓN DE CITA PREVIA

LEGALIZACIÓN Y TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS

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IR A REGLAMENTO DEL RÉGIMEN GRAL.