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MODO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES |
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PROCEDIMIENTOS PARA LOS QUE LA OBTENCIÓN DE LA CITA PREVIA ES A TRAVÉS DE ESTA PÁGINA WEB Y ACCESO A LOS FORMULARIOS QUE DEBEN RELLENARSE PARA LA PETICIÓN DE LA CITA PARA UNA CORRECTA PETICIÓN DE LA CITA, ANTES DE SOLICITARLA, LEA ATENTAMENTE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN-INSTRUCCIONES, ASÍ COMO LAS INSTRUCCIONES QUE FIGURAN EN LOS FORMULARIOS PARA PETICIÓN DE CITA. EL NO SEGUIRLAS SÓLO PUEDE OCASIONAR PÉRDIDAS DE TIEMPO PARA EL SOLICITANTE Y PARA LA OFICINA, ASÍ COMO NO OBTENER LO SOLICITADO. |
CITA - 1 CITA - 2 CITA - 3 CITA - 4 CITA - 5 |
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PARA ACTIVAR CITA-1, 2, 3, 4, 5 Y PODER ACCEDER A LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD DE CITA PINCHE EN LA SIGUIENTE FRASE: |
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1.- SÓLO DEBEN SOLICITAR CITA CUANDO SE TRATE DE SOLICITUDES QUE TRAMITA ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE LA OFICINA DE EXTRANJEROS DE ALICANTE. 2.- Este sistema para la petición/obtención de citas, sólo debe usarse para este fin. No debe usarse para pedir información, ni para ningún otro tema que no sea la petición de la cita. 3.- La petición de la cita debe hacerse respetando el sistema establecido. NO SE ASIGNARÁN CITAS a quien dirija sus peticiones directamente a las direcciones de correo electrónico que la Oficina tiene operativas para el funcionamiento de este sistema. 4.- Los distintos procedimientos cuya solicitud debe o, en su caso, puede ser presentada en la Oficina de Extranjeros se han clasificado en cinco grupos: CITA-1, CITA-2, CITA-3, CITA-4 y CITA-5. 5.- Para los procedimientos incluidos en CITA-5, NO es necesario que la solicitud se presente en esta Oficina, por lo que se ha dispuesto de un nº diario de citas más reducido. Para evitar demoras innecesarias y otros inconvenientes, aconsejamos que dichas solicitudes se presenten en los otros registros de la Administración en los que es posible hacerlo, es más rápido y sencillo. Para saber en qué otros lugares puede presentar la solicitud pinche AQUÍ. 6.- Las solicitudes para los procedimientos incluidos en CITA-1, 2, 3 y 4 son de OBLIGADA PRESENTACIÓN en esta Oficina. 7-. Asegúrese de a qué CITA-Nº corresponde el procedimiento para el que quiere solicitar la cita. En todos los grupos constan el nombre del procedimiento y el nº de la hoja informativa/documentación a aportar para su solicitud, correspondiente. 8.- A título meramente orientativo y para facilitar la elección de la CITA-Nº correcta, a continuación se indican, de una forma genérica y no exacta, que tipo de procedimientos corresponden a cada CITA-Nº. De todas formas una vez haya pinchado en un CITA-Nº asegúrese de que su procedimiento está en su grupo de procedimientos correspondiente. En CITA-1: Los procedimientos para la solicitud inicial de las distintas autorizaciones de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia; para la solicitud de la compatibilidad de actividades por cuenta ajena y por cuenta propia, para la solicitud inicial de la exceptuación a la autorización de trabajo para residentes o estudiantes/investigadores y para la solicitud de la autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios. En CITA-2: Los procedimientos para la solicitud inicial de las distintas autorizaciones de residencia por arraigo y otras circunstancias excepcionales. En CITA-3: Los procedimientos para la solicitud inicial de las autorizaciones de residencia temporal por reagrupación familiar; de residencia del hijo de residente legal; para la solicitud de algunos casos de acceso a la autorización de residencia temporal independiente de cónyuges e hijos ya reagrupados; para la solicitud inicial de la autorización de residencia temporal para familiares de estudiantes/investigadores y para la autorización de residencia temporal no lucrativa para los residentes por circunstancias excepcionales. En CITA-4: Los procedimientos para la solicitud inicial de tarjeta de residencia de familiar no comunitario de ciudadano de la Unión; para la solicitud de renovación de tarjeta de residencia de familiar no comunitario de ciudadano de la Unión; para la solicitud de tarjeta de residencia permanente de familiar no comunitario de ciudadano de la Unión y otros procedimientos. En CITA-5: Los procedimientos cuya solicitud no es necesario presentarla en la Oficina; Autorización de residencia permanente (del Régimen General); casi todas las renovaciones y otros procedimientos. 9.- Si se tienen dudas sobre que CITA-Nº es la que deber utilizar para la solicitud que quiere presentar, la forma que no ofrece dudas, es consultar la hoja informativa/documentación a aportar para su solicitud, correspondiente a su solicitud. En ella se indica qué CITA-Nº debe utilizar. Dichas hojas informativas están a su disposición en esta misma página web. 10.- Si solicita y obtiene una cita para la presentación de una solicitud perteneciente a una CITA-Nº utilizando el formulario correspondiente a otra CITA-Nº, cuando se presente en la Oficina de Extranjeros, SU CITA NO SERÁ ATENDIDA. 11.- Una vez pinche en CITA-Nº correcto, deberá pinchar en la palabra AQUÍ, para acceder al formulario de petición de cita, que, una vez cumplimentado correctamente, remite los datos a esta Oficina por correo electrónico. 12.- La Oficina de Extranjeros le remitirá su cita a la dirección de correo electrónico indicada en el formulario. Es muy importante que indiquen correctamente la dirección. Si es errónea no podrá recibir la cita. 13.- Una vez reciba el correo de esta Oficina con su cita, imprima el mismo. Cuando venga a la Oficina, ES OBLIGADO MOSTRARLO PARA SER ATENDIDO. PROCEDIMIENTOS QUE NO NECESITAN OBTENCIÓN DE CITA PREVIA - Solicitudes de Autorización de Regreso - Solicitudes de Certificados de Residencia o de No Residencia En las hojas informativas/documentación a aportar para su solicitud de los anteriores procedimientos se indica por quién, cómo y dónde se pueden presentar las solicitudes. |