Diciembre de 2003

 

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  Pensiones para afrontar el futuro

por Aurelio Vázquez y Eduardo Serrano

El momento de la jubilación se convierte en uno de los acontecimientos que marca de manera fundamental los últimos años de nuestra vida, y por ello son importantes las decisiones de carácter económico que se tomen con vistas a ese día. Los expertos estiman que un jubilado necesitará disponer de aproximadamente el 70% de los ingresos que venía percibiendo durante su vida laboral. Sin embargo, la pensión que el Estado puede ofrecer en muchas ocasiones es mínima, por lo que difícilmente llegará a cubrir las necesidades económicas básicas, y mucho menos permitirá mantener el nivel de vida adquirido. Si a estos condicionantes añadimos el clima de escepticismo generado alrededor de la sostenibilidad del sistema de pensiones, la conclusión está clara: es conveniente planificar de forma adecuada nuestra jubilación. Una correcta planificación de nuestro ahorro debe tener en cuenta, de entrada, tres cuestiones fundamentales:

 

- Conocer tanto el actual como el futuro nivel de ingresos previstos, así como las necesidades que se tendrán que cubrir a partir del momento de la jubilación. Si se quiere ahorrar de cara al futuro, hay que tener presente que las necesidades y obligaciones económicas que se tendrán seguramente no serán las mismas que en la actualidad.
- La posibilidad de ahorrar antes de llegar la jubilación. Si, como hemos señalado anteriormente, lo que se pretende es asegurar un cierto nivel de ingresos, una de las mejores opciones es el ahorro de pequeñas cantidades mensuales a través de un buen producto financiero, que además aporte una rentabilidad al dinero ahorrado. Esta opción servirá de complemento a la posible recepción de una pensión por parte de la Seguridad Social.
- Conocer la oferta de productos financieros de cara a la jubilación. Aunque para estos casos el producto más recurrido son los planes de pensiones, existe una oferta más amplia de productos en el mercado. En esta línea, como producto de reciente aparición y con buenas perspectivas de cara al usuario, encontramos los planes de previsión asegurados.

PPA's: una opción de futuro

Con la aprobación de la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, y para fomentar el ahorro a largo plazo, el año pasado se crearon los llamados planes de previsión asegurados (PPA), un producto financiero que nace destinado a competir con los planes de pensiones. Los planes de previsión asegurados son seguros de vida con los mismos incentivos que los planes de pensiones y están pensados para cubrir la jubilación. La principal ventaja con respecto a los planes de pensiones es que se garantiza al suscriptor del mismo el capital invertido y la percepción de un tipo de interés fijo anual; por tanto, ofrecen una rentabilidad asegurada durante todo el tiempo que dure su contratación. Por el contrario, en los segundos el tipo de interés es variable y está determinado en función de la situación de los mercados. En ambos casos, se trata de productos no líquidos, es decir, no se puede rescatar el dinero ahorrado hasta el momento de la jubilación. Únicamente se puede realizar el rescate de lo ahorrado en los casos de desempleo de larga duración, por enfermedad grave y por situación de incapacidad total o permanente. Otro aspecto que conviene conocer sobre este producto es que el tipo de interés de los PPA's se establece anualmente, siempre bajo la referencia que marque el tipo de la Deuda a tres, cinco y diez años, y que publica la Dirección General de Seguros. Para el año 2003, por ejemplo, este tipo de interés quedó fijado en el 2,89%. En opinión de Joan Centelles, asesor financiero de ASLE Asesores, "este nuevo producto viene a cubrir el espacio que la baja rentabilidad de los planes de pensiones variables y mixtos han ofrecido en los últimos años". Centelles añade, que "tal vez se trata de un intento del Estado por potenciar el carácter financiero de las compañías de seguros".

Una fiscalidad interesante

Los PPA's tienen las mismas ventajas fiscales que los planes de pensión "tradicionales". Así, los particulares menores de 52 años podrán aportar un máximo de 8.000 euros a un PPA para que sean deducibles de la base imponible del IRPF. A partir de esa edad, y por cada año más, se podrán aportar 1.250 euros más, hasta un máximo de 24.250 euros. Estos límites se refieren siempre a cantidades totales en los que se incluyen las aportaciones tanto a los propios planes de previsión asegurados, como a planes de pensiones y mutualidades de previsión social.

Los PPA's constituyen sólo una de las diversas opciones que ofrece el ágil mercado de los productos financieros de previsión. Para Joan Centelles "son varios los productos financieros que podemos encontrar en el mercado, y a la hora de decantarse por alguno de ellos hay que tener en cuenta tanto las necesidades de cada persona, su situación futura y su actual capacidad de ahorro".

Excmo. Colegio Of. de Graduados Sociales de Alicante