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Con este plazo
extraordinario el Gobierno da respuesta a la demanda de las
organizaciones representativas de los autónomos, que
consideraron insuficiente el plazo dado en 2003
- Las principales asociaciones
de autónomos realizarán con la Seguridad Social una campaña
informativa en septiembre y octubre por toda España
Los trabajadores autónomos dispondrán de un nuevo plazo,
desde el 1 de julio al 31 de octubre, para solicitar la
cobertura por accidente laboral y enfermedad profesional, según
establece un Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de
Ministros a propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales.
Con esta medida, el Gobierno atiende la demanda de las
organizaciones representativas de los autónomos, que
consideraron insuficiente el plazo dado en 2003. Los
trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Autónomos
(RETA) de la Seguridad Social podrán recibir más
prestaciones, al poder optar a la cobertura por contingencias
profesionales.
Pueden solicitar la cobertura por contingencias profesionales
los autónomos que figuren en el RETA el día de la entrada en
vigor de este Decreto y que en esa fecha hubieran optado ya
por la cobertura de la prestación económica por Incapacidad
Temporal derivada de contingencias comunes.
La posibilidad de que los trabajadores autónomos puedan
ampliar de forma voluntaria la cobertura de protección a los
riesgos derivados de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales se estableció por la Ley de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social de 30 de diciembre de 2002.
Esta medida legal se desarrolló reglamentariamente por Real
Decreto de 10 de octubre de 2003, en el que se estableció un
plazo de dos meses, contados a partir de su entrada en vigor,
para solicitar esta cobertura y si no se hacía en esa fecha
deberían pasar tres años para volver a ejercitar la opción.
Campaña informativa
Ahora se abre una nueva oportunidad para que los autónomos
que lo deseen, sin tener que esperar a que transcurran los
tres años, puedan solicitar la protección contra las
consecuencias de los accidentes de trabajo o de las
enfermedades de carácter profesional.
El corto plazo de solicitud, unido a la falta de información
sobre las ventajas que ofrece cotizar por esta contingencia,
tuvo como consecuencia que muy pocos autónomos hayan optado
por tener cubierta la protección en caso de accidente de
trabajo y enfermedad profesional.
Con el objeto de mejorar la información del colectivo de autónomos
sobre este asunto, la Secretaría de Estado de Seguridad
Social junto a las organizaciones de autónomos ATA, UPTA ,
CEAT y los colegios de Graduados Sociales realizarán una
campaña informativa y publicitaria, que se llevará a cabo
por toda España en los meses de septiembre y octubre.
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