Junio de 2005

 

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  LA LEGITIMACIÓN PARA INSTAR LA REVOCACIÓN TRIBUTARIA

El reciente Reglamento general de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa incide en una cuestión polémica: la legitimación para instar la revocación tributaria.

Es un novedoso procedimiento especial de revisión que procede sólo en beneficio de los interesados respecto de los actos tributarios de gravamen cuando no haya transcurrido el plazo de prescripción y concurran los motivos de revocación que fija la Ley y, a la vez, no se den los límites legales.

Son motivos de revocación: cuando se estime que infringen manifiestamente la ley, cuando circunstancias sobrevenidas que afecten a una situación jurídica particular pongan de manifiesto la improcedencia del acto dictado (conocimiento de nuevos datos que justifiquen volver sobre lo ya resuelto, tales como sanciones firmes que han quedado sin causa, resultados lesivos consecuencia de la descoordinación de órganos, etc.) y cuando en la tramitación del procedimiento se haya producido indefensión a los interesados. Son límites a la revocación: no constituir dispensa o exención no permitida por las normas tributarias, no ser contraria al principio de igualdad y no ser contraria al interés público.

Según la LGT, el procedimiento de revocación se iniciará siempre de oficio, lo que excluirá en todo caso la legitimación del interesado. Pero ello es sin perjuicio de que los interesados puedan promover su iniciación por la Administración competente mediante un escrito que dirigirán al órgano que dictó el acto. Pero este escrito no es un supuesto de ejercicio del derecho constitucional de petición, sino simplemente una instancia o solicitud administrativa que tendrá su propia tramitación.

Sin embargo, el mismo Reglamento añade que "la Administración quedará exclusivamente obligada a acusar recibo del escrito" de los interesados promoviendo la iniciación del procedimiento de revisión. Ha de entenderse, pues, que el interesado no dispone de acción revocatoria.

Excmo. Colegio Of. de Graduados Sociales de Alicante