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Aunque todavía queda tiempo para presentar las cuentas
anuales en el Registro Mercantil, es recomendable prepararse
si se quiere hacer el depósito de forma digital y, además,
por Internet, lo que abarata costes y reduce los tiempos de
espera ya que se pueden evitar las largas colas ante los
registros si se utiliza esta última opción.
El
depósito a través de Internet comenzó a funcionar hace dos
años a través del Servicio
de Certificación de los Registradores (www.scregistradores.com),
una sociedad propiedad del Colegio de Registradores de España.
Para
enviar las cuentas de forma telemática las empresas deben
cumplir algunos requisitos. El más engorroso es el de obtener
una certificación electrónica que asegure el envío de la
información por parte de la empresa remitente. El único que
puede proveer este documento es el Servicio de Certificación
de los Registradores y es recomendable que las empresas
prueben antes el sistema si no lo han hecho nunca antes.
Según
los datos recogidos, las empresas cada vez se inclinan más
por cumplir con sus obligaciones registrales a través de
Internet. De hecho, el pasado año
se presentaron 8.000 libros y se depositaron telemáticamente17.000
cuentas anuales en el Registro Mercantil. Este año se han
depositado ya más de 20.000
libros por Internet y se esperan más de 60.000 cuentas
anuales enviadas por este medio a los Registros, aunque el
plazo para ello finaliza el 30 de julio.
Este
sistema resulta plenamente seguro, ya que permite que, previa
autentificación del usuario mediante su certificado electrónico,
sea posible firmar y enviar diferentes documentos a cualquier
Registro de España con la misma validez y garantía jurídica
que si se realizara físicamente. Para cualquier aclaración
sobre este sistema las empresas se pueden dirigirse al teléfono
902-020 306 o a webmaster@scregistradores.com.
Hay
que tener en cuenta, por otro lado, que las empresas pueden
realizar también
el depósito digital de cuentas anuales. Se considera que este
método, ya casi tradicional porque es posible utilizarlo
desde hace bastantes años, incluye tres opciones. Incluye un
disquete y una certificación de los responsables del depósito,
en soporte papel, de la huella digital que genera el conjunto
de ficheros de dicho disquete. Esta certificación deberá ir
firmada autógrafamente por dichos responsables. Opcionalmente
pueden incluirse en soporte papel aquellos documentos que deba
presentar y que, no siendo obligatorio incluirlos dentro del
disquete en formato digital, prefiera presentar en dicho
soporte.
Ahora
bien, aunque un depósito digital incluye documentos en papel,
para que se considere presentado en formato digital, no podrá
incluir en papel el balance y la cuenta de pérdidas y
ganancias. Aunque también es recomendable hacerlo en
disquete, existe la opción de presentar en papel la memoria y
el informe de gestión; la
información sobre las acciones propias, el informe
medioambiental, el informe simcav y el certificado de aprobación
de cuentas; así como el informe de auditoría y los anuncios
de convocatoria.
En
cualquier caso, es necesario para ello descargarse un programa
desde la página www.registradores.org, pinchar luego la opción
"Registros Mercantiles" y luego "Descarga de
archivos". En
este caso, las dudas deben aclararse el Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles (Tef. 902-440
150).
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