Mayo de 2006

 

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  CONCILIACIÓN O RECLAMACIÓN PREVIA A LA VÍA JUDICIAL

La Ley de Procedimiento Laboral establece dos formas de "evitación del proceso": La conciliación previa y la reclamación previa a la vía judicial, si bien no son de utilización indistinta a elección del demandante. El error en la elección no subsana el trámite ni tan siquiera interrumpe el plazo de caducidad.

En la sentencia del TS de 06-10-05, un trabajador presentó papeleta de conciliación previa creyendo que se trataba de una entidad privada. En realidad se trataba de un ente público que exige la reclamación previa en vía administrativa y no la conciliación ante el SMAC. ¿Tiene validez como agotamiento del requisito previo? ¿Interrumpe, al menos, el plazo de caducidad, o, en su caso, prescripción? ¿Son sus efectos los mismos tanto si la demandada acude o se da por enterada, como si no comparece a la conciliación?

La sentencia del TC de 28-01-2003 resuelve dudas, pues destaca la finalidad, la razón de ser de la exigencia de la reclamación previa en vía administrativa, que no es otra que la de dar a la Administración la oportunidad de resolver directamente el litigio evitando la vía judicial. Esa finalidad es la misma que orienta la demanda de conciliación ante el SMAC cuando el demandado no es la Administración.

Importante es si se ha cumplido o no la finalidad pretendida más que la forma utilizada. Así podemos resumir que si la demanda de conciliación llegó a la Administración teniendo esta constancia del intento de solución previo a la demanda judicial, debió tramitar y resolver el intento de conciliación aunque por la vía de la contestación a reclamación previa. Si no contesta a la solicitud, debe entenderse que se reafirma en su resolución impugnada y no puede alegar, ya en juicio, la caducidad por no haberse presentado en tiempo hábil la reclamación previa en forma. Únicamente podría excepcionar la falta de reclamación previa que sería subsanable al haber quedado interrumpida la caducidad por la presentación de la papeleta de conciliación.

Excmo. Colegio Of. de Graduados Sociales de Alicante