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El
Gobierno ha puesto en marcha una serie de reformas en el
sistema tributario. En opinión del autor, es urgente realizar
algunas importantes. Entre ellas destaca la del IRPF, la mayor
prevención del fraude y, sobre todo, la reforma del impuesto
de sociedades
La llegada del actual Ejecutivo
al poder ha estado presidida, en materia tributaria, por el
sosiego y la tranquilidad. Frente a lo que ha sucedido en
otras ocasiones, el cambio de Gobierno no ha estado
inmediatamente seguido por una reforma en profundidad del
sistema fiscal. Tal vez se deba a la existencia de problemas
políticos más acuciantes, como el debate sobre el diseño
territorial del Estado. Pero una vez que estos se encuentran
en vía de resolución definitiva -ya sea de un modo positivo
o negativo-, parece que ha llegado el momento de afrontar
reformas fiscales que resultan muy necesarias. Veamos lo que
nos depara en este sentido 2006.
En primer lugar, debe
resaltarse la reciente aprobación del anteproyecto de Ley de
Medidas de Prevención del Fraude Fiscal, que introduce una
serie de reformas legislativas con el fin declarado de atajar
la evasión fiscal en dos ámbitos bien conocidos: el sector
inmobiliario y las tramas de fraude de IVA intracomunitario.
No obstante, el contenido de
este anteproyecto es más amplio, ya que introduce reformas en
determinados tributos -impuestos sobre sociedades o sobre la
renta de no residentes- de carácter técnico, que poco o nada
tienen que ver con la lucha contra el fraude. Asimismo, se
aprovecha este texto para introducir determinadas
modificaciones en la Ley General Tributaria. Como juicio
global, nos encontramos ante una propuesta normativa que
supone un retroceso importante en la normalización de las
relaciones entre la Hacienda y los ciudadanos. No cabe duda de
que el fraude fiscal debe combatirse, resultando un objetivo
beneficioso para el conjunto de la sociedad. Pero no a
cualquier precio. Y la propuesta que se ha formulado
restringe, de manera importante, los derechos de los
contribuyentes, creando supuestos de responsabilidad
imprecisos e indeterminados, extendiendo al máximo la
autotutela administrativa y limitando alguna de las garantías
que había introducido la nueva Ley General Tributaria.
A título de ejemplo, y aunque
suponga de algún modo una simplificación, se pretende hacer
responsable de las deudas de IVA de los proveedores a todos
los sujetos que realicen adquisiciones en situaciones económicas
especialmente ventajosas. No obstante, se trata de una norma a
la que aún queda mucho recorrido en su elaboración, por lo
que parece previsible que se eliminen de la misma buena parte
de sus aspectos más controvertidos.
En segundo lugar, el Gobierno
aprobó el viernes el anteproyecto de reforma del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF).
La misma gira sobre tres premisas básicas. La primera,
afianzar en nuestro país un modelo dual de IRPF, que mantenga
un tipo proporcional para todos los rendimientos derivados del
ahorro y ganancias patrimoniales y uno progresivo para el
resto de fuentes de renta (trabajo y actividades económicas,
fundamentalmente). De esta manera, se ganará en neutralidad
fiscal, ya que el actual impuesto privilegia determinadas fórmulas
de ahorro (ejemplo: instituciones de inversión colectiva)
frente a otras (todos los denominados rendimientos de capital
mobiliario). Además, es muy posible que la mejora del
tratamiento fiscal de los dividendos suponga un importante estímulo
para la inversión en Bolsa. Por lo que respecta a la segunda
premisa, la escala progresiva va a sufrir una reducción,
tanto de tramos, incluyéndose un tramo cero, como de tipos de
gravamen, con la intención declarada de beneficiar a las
clases medias y bajas. Se trata, desde luego, de una medida
digna de aplauso, toda vez que es este colectivo el que en la
actualidad soporta el peso recaudatorio del tributo. Por último,
se apuesta por una simplificación del IRPF, reduciendo parte
de los incentivos fiscales que hay actualmente.
Los
nuevos socios comunitarios han introducido un importante grado
de competencia fiscal. Se corre un riesgo claro de
deslocalización de empresas.
No obstante, la definitiva
configuración del IRPF no sólo depende de esta reforma
impulsada a nivel estatal. Habrá que esperar también a ver
el diseño definitivo del sistema de financiación autonómica.
Muy bien podría suceder que se ampliaran las competencias
normativas de las autonomías. Si ocurre, como es probable,
buena parte de los elementos esenciales del tributo serían
objeto de regulación autonómica, por lo que habrá que
esperar a su aprobación.
Pero el gran reto del sistema
fiscal español es la reforma del Impuesto sobre Sociedades,
iniciada también el pasado viernes por el Gobierno con una
reducción del tipo de gravamen (de cinco puntos en cinco años).
A estos efectos, es preciso tener en cuenta que la entrada de
los nuevos socios comunitarios ha introducido un importante
grado de competencia fiscal, ya que estos países tienen una
imposición sobre los beneficios de las sociedades mucho más
reducida que la española. Pero es que, además, ya existen
ejemplos entre los antiguos miembros de la Unión que han
acometido importantes reformas en esta materia. El caso
paradigmático es el de Irlanda, donde el tipo de gravamen se
encuentra en el 12,5%, frente al 35% de España. En este
escenario, se corre un riesgo evidente de deslocalización de
las empresas, buscando territorios que, con estabilidad política,
ocasionen menores costes sociales y tributarios. Además, las
empresas deben contar con un trato fiscal que les permita
competir, al menos, en igualdad con el resto de las europeas.
El impacto negativo de estas
medidas en la recaudación va a ser compensado mediante la
introducción de un nuevo sistema de tributos ambientales
-que, según parece, compartirán Estado y comunidades autónomas-,
en los ámbitos de la fiscalidad de la energía y,
posiblemente, del agua.
Para finalizar, también
durante este año van a introducirse algunas otras reformas
tributarias de menor calado. Dentro de ellas, la más
importante es la aprobación del Reglamento de Aplicación de
los Tributos, con el que se ultima el desarrollo reglamentario
de la Ley General Tributaria, un año y medio después de su
entrada en vigor. Se trata de una norma muy esperada, cuya
concreta configuración presenta gran incidencia en las
relaciones entre la Administración tributaria y los
ciudadanos y que pronto se someterá a información pública.
Como se puede ver, nos
enfrentamos ante un año fiscal repleto de modificaciones
normativas que, una vez implantadas, dejarán un sistema
tributario bastante distinto al que ahora conocemos. Esperemos
que se acierte y se dote a nuestra economía de los
instrumentos fiscales necesarios para mantener el crecimiento
y su competitividad. Nos va mucho en ello.
Javier
Martín Fernández
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